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Si ha sufrido lesiones en su trabajo…

Posted on 05 April 2012 by elprogreso

Si te sucede un percance físico motivado por tu empleo -o una enfermedad derivada de éste-, averigua cómo acogerte a ciertos beneficios.

Hablar de las cosas desagradables que nos pudieran ocurrir en la vida es lo menos que queremos hacer, pero a veces, por aquello de “persona precavida vale por dos”, las consecuencias serán mucho menores si estamos preparados para lo que podría suceder. Por ejemplo, ¿sabes cuáles son tus derechos si resultas lesionado en el trabajo? Si tu respuesta es “no”, es esencial que te informes cuanto antes, pues esos casos pasan a diario en todas las empresas de este país.

Lo primero que debes saber es que todo patrón tiene la obligación, ordenada por la ley, de cubrirte con un seguro de compensación laboral o Worker’s Compensation en caso de una lesión, enfermedad producida por el ambiente de trabajo o muerte durante el desempeño de tu labor. El empleador que no tenga esa cobertura se expone a serias demandas por parte del empleado que haya sufrido uno de esos eventos, o sus familiares.

Ten en cuenta que es ilegal que tu empresa te cobre por los gastos médicos incurridos en esas situaciones, ni que te deduzca de tu salario lo que le cueste al dueño obtener un seguro de Compensación Laboral.

Para los latinos, es de principal importancia saber que en algunos estados del país esta responsabilidad del patrono incluye también a empleados indocumentados. Esos estados son, hasta ahora, California, Connecticut, Florida, Georgia, Maryland, Minnesota, New Jersey, North Carolina, Ohio, Oklahoma, Pennsilvania, Tennessee y Virginia.

No hay límite en el gasto médico

Los cuidados médicos que recibas en caso de accidente laboral no tienen un límite máximo en cuanto a gastos, que pueden ir desde medicinas, y operaciones, hasta hospitalización y rehabilitación. Y aunque una empresa no haya adquirido de antemano la cobertura de accidente laboral, tiene la responsabilidad legal de cubrir esos gastos.

Eso también incluye compensación por pérdida de salario si te encuentras incapacitado de volver a tus labores. Esa cantidad y su duración varían de acuerdo al estado y al tipo de incapacidad, pero casi siempre es alrededor del 65 por ciento de tu sueldo.

Además, no olvides que el Seguro Social también ofrece beneficios de incapacidad laboral, independientes de los que provea tu empleador.

Si lo peor ocurre y mueres, tus sobrevivientes tienen derecho de recibir compensación, o a un período de sustitución de tus ingresos mensuales según el máximo permitido por la ley. Estos beneficios para tu cónyuge, padres o hijos dependerán de lo establecido en la póliza y de los requerimientos que establezca cada estado.

Cuídate mientras trabajas y asegúrate de que las condiciones que ofrece tu empresa no ofrecen peligro para ti. Pero infórmate bien acerca de la compensación laboral por si acaso llegas a necesitarla.

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